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¿No puedes facturar o el SAT te pide algo?

Mantén tu situación fiscal al día y tus sellos funcionando.

Un aviso tarde o un sello restringido frenan tu facturación. Lo presentamos con tu e.firma, bajo convenio de confidencialidad, y te entregamos el acuse.

Precio por trámite según tu situaciónLa mayoría en línea, sin cita
  • 10 días para avisar un cambio de domicilio
  • 40 días hábiles para aclarar sellos
  • 1 día después vuelve tu sello
Querétaro · El Marqués · Corregidora · San Juan del Río
01 · ¿Lo necesitas?

Si te identificas con alguna, sí.

Cambiaste de domicilio

Tienes 10 días para avisar al SAT. Fuera de plazo, la multa va de $5,400 a $10,780.

Cambió tu actividad o tus obligaciones

Nuevos servicios, socios o régimen. Tu constancia debe reflejarlo antes de facturar o de registrarte en el REPSE.

Te restringieron los sellos digitales

No puedes facturar. Hay 40 días hábiles para aclarar antes de que el certificado quede sin efectos.

Tu e.firma venció o está por vencer

Vigente o vencida hace menos de un año, se renueva en línea. Con más de un año, hay que ir con cita.

02 · Qué está en juego

Un aviso tarde o un sello restringido frenan tu facturación.

Aviso de domicilio fuera de plazo: multa de $5,400 a $10,780. Artículos 79 y 80 del CFF.
Si el SAT no te localiza, restringe tu sello, publica tu RFC y ningún ente público puede contratarte. Artículos 17-H Bis, 69 y 32-D del CFF.
Sin aclarar en 40 días hábiles, tu certificado de sello queda sin efectos y no puedes pedir otro hasta corregir tu situación fiscal.
03 · Cómo lo hacemos

Cuatro pasos hasta tu acuse.

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    Paso 1

    Revisión de tu situación

    Constancia de situación fiscal, opinión de cumplimiento, vigencia de tu e.firma y el motivo del trámite.

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    Paso 2

    Plan y cotización

    Te decimos qué trámite procede, qué pide el SAT y qué plazos corren.

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    Paso 3

    Presentación en el portal

    Con tu e.firma, bajo convenio de confidencialidad, y solo con tu autorización por escrito del cambio exacto.

  4. Lo que recibes

    Acuse y constancia

    Te entregamos el acuse y tu constancia de situación fiscal actualizada. Ahí concluye el trámite.

04 · Qué necesitas tener

Lo que pide el SAT para hacerlo en línea.

e.firma vigente

O vencida hace menos de un año, que se renueva en línea con SAT ID.

Contraseña del SAT

Algunos trámites la piden además de la e.firma. Si no la tienes, se genera con tu e.firma.

Un domicilio que cumpla el artículo 10

Donde está la administración de tu negocio. Si no corresponde, el aviso no surte efectos.

El oficio o la notificación del SAT

Si el trámite viene de una restricción o de un requerimiento, lo necesitamos para usar la etiqueta correcta.

Buzón tributario al día

Con medios de contacto válidos. Si no lo están, el SAT puede restringir tu sello.

¿Tu e.firma venció hace más de un año? Te decimos cómo sacar la cita.
05 · Plazos del SAT

Los plazos que corren en cada trámite.

10 díaspara presentar el aviso de cambio de domicilio
Inmediatoel registro del aviso de domicilio presentado en línea
40 díashábiles para aclarar la restricción de tus sellos
3 mesesmáximo para que el SAT verifique tu domicilio y salgas de no localizado

Plazos del Código Fiscal de la Federación y de las fichas 35, 25 y 42/CFF del Anexo 2 de la RMF 2026. El SAT puede verificar tu domicilio después del aviso, en cualquier momento. Ninguno depende de Bresdi.

06 · Precio

Precio por trámite

Según el trámite y tu situación fiscal

Revisamos tu situación fiscal y definimos contigo el costo total antes de comenzar.

Incluye

  • Revisión de tu situación fiscal
  • Presentación del trámite en el portal
  • Acuse y constancia actualizada

Si hace falta, también lo resolvemos

  • Requerimientos, revisiones o auditorías del SAT
  • Adeudos o declaraciones pendientes
  • Cita presencial en el SAT
  • Regularización ante IMSS o INFONAVIT
  • Contabilidad y declaraciones mensuales
  • Reformas al acta ante notario
07 · Preguntas sobre Trámites SAT

Lo que más nos preguntan.

¿Cuánto tarda un cambio de domicilio?

En línea, el aviso se registra al momento. El SAT puede verificar tu domicilio después; si no cumple con el artículo 10 del CFF, el aviso no surte efectos.

¿Necesito ir a una oficina del SAT?

Casi nunca. Solo si tu e.firma venció hace más de un año, si olvidaste su contraseña o si el portal no concluye el trámite.

¿Qué hago si me restringieron los sellos?

Presentar la aclaración con la etiqueta del oficio de restricción. El sello regresa al día siguiente y el SAT resuelve en 10 días.

¿Pueden hacer cambios sin mi autorización?

No. Ningún cambio ante el SAT se presenta sin tu autorización por escrito, por correo o WhatsApp, con el cambio exacto.

Para leer antes
Empecemos

¿No puedes facturar o el SAT te pide algo? Revisamos tu caso.

Te cotizamos con gusto por WhatsApp, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00. Si nos escribes fuera de horario, tu mensaje queda en fila y te respondemos el siguiente día hábil.

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